13T04 Hortalizas y verduras

Hortalizas y verduras

Este grupo de alimentos se destaca por ser ricos en hidratos de carbono de absorción lenta. También sobresalen por su alto contenido en vitaminas, principalmente A y C, y minerales.

1. Definición

  • Hortaliza: Cualquier planta herbácea hortícola que se puede usar como alimento, ya sea crudo o cocinado.
  • Verdura: Grupo específico de hortalizas en las que la parte comestible está constituida por sus órganos verdes (hojas, tallos o inflorescencias).
  • Legumbres frescas: Se refiere a los frutos y semillas no maduros de las hortalizas leguminosas.

Condiciones para la venta:

  • Estar recién recolectadas o en perfectas condiciones de conservación.
  • Estar desprovistas de humedad exterior anormal.
  • Estar sin olor ni sabor extraños.
  • No presentar en su superficie ningún deterioro ni impureza.
  • Estar libres de gusanos y hongos.

2. Clasificación

Se establecen tres clasificaciones principales para las hortalizas:

a) Por su forma de presentación al consumidor:

  • Hortaliza fresca.
  • Desecada.
  • Deshidratada.
  • Congelada.

b) Por su calidad comercial:

  • Según la reglamentación correspondiente.

c) Por la parte de la planta a que pertenecen:

  • Frutos: berenjena, guindilla, maíz dulce, pimiento dulce, pimiento picante.
  • Bulbos: ajo, cebolla, puerro, cebolleta francesa, chalote.
  • Coles: berza, brócoli, col de Bruselas, coliflor, col de Milán, lombarda, repollo, bordes (híbridos).
  • Hojas y tallos tiernos: acedera, acelga, achicoria, berro, borraja, cardo, endibias, escarola, espinaca, grelos, lechuga, mastuerzo.
  • Inflorescencias: alcachofa (alcaucil).
  • Legumbres verdes: guisante, haba, judía, tirabeque.
  • Pepónides: calabacín, calabaza de cidra o confitera, calabaza, pepino.
  • Raíces: achicoria, apio, colinabo, colirrábano, chirivía, escorzonera, nabo, nabo gallego, rabanito, rábano, remolacha de mesa, salsifi, zanahoria.

3. Condiciones generales

Las hortalizas destinadas al consumo en fresco, desecación, deshidratación, congelación o elaboración de derivados y conservas deben:

  • Estar recién recolectadas o en perfectas condiciones de conservación.
  • Estar desprovistas de humedad exterior anormal y sin olor ni sabor extraños.
  • Estar exentas de lesiones o traumatismos que afecten su apariencia.
  • Estar libres de artrópodos, gusanos, moluscos y excrementos.
  • Estar exentas de enfermedades criptogámicas.
  • Estar libres de partes marchitas.
  • Estar libres de materias extrañas adheridas.

4. Derivados de hortalizas y verduras

1. Encurtidos

  • Hortalizas y verduras curadas en salmuera o fermentadas lácticamente, conservadas en vinagre y sal.
  • Tipos: encurtidos ácidos (con o sin azúcares/condimentos) y encurtidos dulces (en vinagre con azúcares y condimentos).
  • Condiciones:
    • Ingredientes deben cumplir las exigencias del Código.
    • Prohibido exceder límites de anhídrido sulfuroso, sulfitos, bisulfitos o metabisulfitos.
    • Acidez mínima del 2 % en ácido acético.
    • Cloruro sódico mínimo del 2,5 % (excepto encurtidos esterilizados).

2. Chucrut

  • Obtenido de variedades de Brassica olerácea.
  • Proceso: maceración y fermentación láctica.
  • Añadido de 2-3 % de sal y condimentos.
  • Debe presentar buen estado y sabor ácido característico.
  • Acidez mínima del 1 %, en ácido láctico.
  • Fermentación en locales adecuados, renovando la salmuera hervida.

3. Extractos de verduras, legumbres y hortalizas

  • Obtenidos por extracción con o sin agua potable.
  • Posteriormente se concentran hasta consistencia adecuada.

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