T11.05- Formación Continuada de los Manipuladores de Alimentos

5. Formación Continuada de los Manipuladores de Alimentos

Para garantizar que se aplican prácticas correctas de higiene es necesario que los manipuladores de alimentos estén informados y formados. Esta formación es esencial para asegurar la seguridad alimentaria en todas las etapas del proceso productivo.

Formación Inicial y Continuada

La formación inicial del trabajador es importante, pero también es fundamental la actualización continua en cambios normativos y tecnológicos. Esta formación continuada debe abarcar toda la vida laboral del manipulador y debe centrarse en:

  • Mejorar los hábitos de higiene.
  • Promover prácticas correctas.
  • Renovar y actualizar conocimientos.

Además, debe cumplir con las exigencias de la normativa vigente, como el Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (Capítulo XII del Anexo II), que establece los requisitos específicos para la formación de manipuladores de alimentos.

Requisitos del Reglamento (CE) 852/2004

Este reglamento obliga a los operadores de empresas alimentarias a garantizar:

  1. La supervisión, instrucción y formación de los manipuladores en cuestiones de higiene alimentaria.
  2. La formación adecuada de quienes desarrollen y mantengan los procedimientos permanentes de control basados en APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control).
  3. El cumplimiento de los requisitos legales relativos a los programas de formación para los trabajadores.

A) Supervisión, Instrucción y Formación de Manipuladores

La formación de los manipuladores de alimentos es un pilar fundamental para garantizar la seguridad alimentaria. Es responsabilidad de la empresa asegurarse de que esta formación sea:

  • Suficiente y adecuada para el trabajo concreto que realizan.
  • Actualizada cuando se produzcan cambios tecnológicos, organizativos o se detecten prácticas incorrectas.
  • Impartida por la propia empresa, empresas formadoras externas o centros educativos reconocidos, siempre adaptada a las necesidades específicas de la empresa.

Si un trabajador acredita formación externa, la empresa evaluará su pertinencia y adecuación. Todo esto debe reflejarse en el plan de autocontrol de la empresa.

B) Formación para Responsables del Sistema APPCC

El artículo 5 del Reglamento 852/2004 establece que los operadores deben crear, aplicar y mantener procedimientos basados en los principios del APPCC. Para ello, se requiere:

  • Una formación específica y proporcionada al tamaño de la empresa.
  • Familiarización con las Guías de Prácticas Correctas, cuando se utilicen.
  • Actualización constante para garantizar un alto nivel de seguridad alimentaria.

C) Cumplimiento de la Legislación sobre Formación

La empresa debe:

  • Conocer y cumplir la normativa vigente en materia de higiene alimentaria y formación.
  • Revisar y mantener actualizado su plan APPCC.
  • Adaptar continuamente los programas de formación a los cambios normativos.

¿Sabías que…?
En el pasado, cualquier persona podía obtener el carné de manipulador realizando un curso general. Hoy en día, la formación es más específica y adaptada al trabajo real que cada empresa desarrolla.


Test por Lecciones Pinches SAS

Test: Pregustas sobre la lección.

Nota actual: 0
Respuestas correctas: 0 | Incorrectas: 0
Ver respuestas correctas
Pregunta Respuesta Correcta
Curso: TEMA11
Scroll al inicio